I . CREDITOS ESTABLECIDOS EN LA FRACCION I DEL ARTICULO 242 DE
LA LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO |
Identificador de Grado |
Numero
de Acreedores Reconocidos en este Grado |
Tipo
de Creditos Agrupados en este Grado |
Monto
Total en Moneda Nacional |
Prelacion |
I. |
97 |
Créditos
referidos en la fracción XXIII del apartado A del attículo 123 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
$30,626,714.89 |
Cobra
a prorrata antes de cualquier crédito, conforme a lo dispuesto por la
fracción I del artículo 242 de la Ley de Instituciones de Crédito. |
II. CREDITOS ESTABLECIDOS EN LA FRACCION I DEL ARTICULO 241 DE
LA LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO |
Identificador de Grado |
Numero
de Acreedores Reconocidos en este Grado |
Tipo
de Creditos Agrupados en este Grado |
Monto
Total en Moneda Nacional |
Prelacion |
II. |
0 |
Créditos
con garantía o gravamen real; |
- |
Cobran
con el producto que se obtenga de la enajenación de los bienes afectos al
gravamen a su favor y con exclusión absoluta de los créditos a los que hacen
referencia las fracciones II a VIII del artículo 241 de la Ley de
Instituciones de Crédito. |
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III . CREDITOS ESTABLECIDOS EN LA FRACCION II DEL ARTICULO 241 DE LA LEY DE
INSTITUCIONES DE CREDITO |
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|
Identificador de Grado |
Numero
de Acreedores Reconocidos en este Grado |
Tipo
de Creditos Agrupados en este Grado |
Monto
Total en Moneda Nacional |
Prelacion |
|
|
III. |
98 |
Créditos
laborales diferentes a los referidos en la fracción XXIII, apartado A, del
artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y
créditos fiscales |
$7,993,468.27 |
Cobran
a prorrata con los demás del mismo grado, después de ser pagados los créditos
previstos por el artículo 242 y 241, fracción I de la Ley de Instituciones de
Crédito. |
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IV . CREDITOS ESTABLECIDOS EN LA FRACCION III DEL ARTICULO 241
DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO |
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|
Identificador de Grado |
Numero
de Acreedores Reconocidos en este Grado |
Tipo
de Creditos Agrupados en este Grado |
Monto
Total en Moneda Nacional |
Prelacion |
|
|
IV. |
0 |
Créditos
que según las leyes que los rijan tengan un privilegio especial |
- |
Cobran
a prorrata con los demás del mismo grado, después de ser pagados los créditos
previstos por el artículo 242 y 241, fracciones I y II y III de la Ley de Instituciones de
Crédito. |
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V . CREDITOS ESTABLECIDOS EN LA FRACCION IV DEL ARTICULO 241 DE
LA LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO |
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Identificador de Grado |
Numero
de Acreedores Reconocidos en este Grado |
Tipo
de Creditos Agrupados en este Grado |
Monto
Total en Moneda Nacional |
Prelacion |
|
|
V. |
1 |
Créditos
derivados del pago de obligaciones garantizadas conforme al artículo 6 de la
Ley de Protección al Ahorro Bancario, hasta por el límite a que se refiere el
artículo 11 de dicha Ley, así como cualquier otro pasivo a favor del propio
Instituto |
$1,314,991,992.73 |
Cobra
a prorrata después de ser pagados los créditos previstos por el artículo 242
y 241, fracciones I, II y III de la Ley de Instituciones de Crédito. |
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VI . CREDITOS ESTABLECIDOS EN LA FRACCION V DEL ARTICULO 241 DE
LA LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO |
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Identificador de Grado |
Numero
de Acreedores Reconocidos en este Grado |
Tipo
de Creditos Agrupados en este Grado |
Monto
Total en Moneda Nacional |
Prelacion |
|
|
VI. |
65 |
Créditos
derivados de obligaciones garantizadas conforme al artículo 6 de la Ley de
Protección al Ahorro Bancario, por el saldo que exceda el límite a que se
refiere el artículo 11 de dicha Ley |
$3,450,590,211.95 |
Cobran
a prorrata con los demás del mismo grado, después de ser pagados los créditos
previstos por el artículo 242 y 241, fracciones I, II, III y IV de la Ley de
Instituciones de Crédito. |
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VII . CREDITOS ESTABLECIDOS EN LA FRACCION VI DEL ARTICULO 241
DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO |
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Identificador de Grado |
Numero
de Acreedores Reconocidos en este Grado |
Tipo
de Creditos Agrupados en este Grado |
Monto
Total en Moneda Nacional |
Prelacion |
|
|
VII. |
146 |
Créditos
derivados de otras obligaciones distintas a las señaladas en las fracciones
fracciones I a la V del artículo 241
de la LIC |
$1,036,779,936.46 |
Cobran
a prorrata con los demás del mismo grado, después de ser pagados los créditos
previstos por el artículo 242 y 241, fracciones I, II, III, IV y V de la Ley
de Instituciones de Crédito. |
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VIII. CREDITOS ESTABLECIDOS EN LA FRACCION VII DEL ARTICULO 241
DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO |
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Identificador de Grado |
Numero
de Acreedores Reconocidos en este Grado |
Tipo
de Creditos Agrupados en este Grado |
Monto
Total en Moneda Nacional |
Prelacion |
|
|
VIII. |
0 |
Créditos
derivados de obligaciones subordinadas preferentes, conforme a lo dispuesto por el artículo 64 de esta Ley |
- |
Cobran
a prorrata con los demás del mismo grado, después de ser pagados los créditos
previstos por el artículo 242 y 241, fracciones I, II, III, IV, V y VI de la
Ley de Instituciones de Crédito. |
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IX . CREDITOS ESTABLECIDOS EN LA FRACCION VIII DEL ARTICULO 241
DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO |
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Identificador de Grado |
Numero
de Acreedores Reconocidos en este Grado |
Tipo
de Creditos Agrupados en este Grado |
Monto
Total en Moneda Nacional |
Prelacion |
|
|
IX. |
0 |
Créditos
derivados de obligaciones subordinadas no preferentes, conforme a lo dispuesto por el artículo 64 de esta Ley. |
- |
Cobran
a prorrata con los demás del mismo grado, después de ser pagados los créditos
previstos por el artículo 242 y 241, fracciones I, II, III, IV, V, VI y VII
de la Ley de Instituciones de Crédito. |
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Numero Total de Acreedores por todos los Grados |
407 |
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Monto Total que se propone reconocer por todos los grados
(Moneda Nacional) |
$5,840,982,324.3 |
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El grado y prelación de los créditos, o sea el orden en que serán pagados los acreedores, queda relacionado en el texto de la Sentencia, conforme a los artículos 241 y 242 de la ley de Instituciones de Crédito, y conforme la propuesta que el liquidador judicial realizó en la lista definitiva de acreedores que exhibió en autos. |
El remanente que en su caso hubiere del haber social, se entregará a los titulares de las acciones representativas del capital social, tal y como lo prevé el artículo 241, segundo párrafo, de la Ley de Instituciones de Crédito. |
Por otra parte, se hace la aclaración que los gastos contraídos para atender las erogaciones normales para la seguridad de los bienes del patrimonio de Accendo Banco, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple en Liquidación Judicial, su refacción, conservación y administración, los honorarios de los apoderados del liquidador judicial, así como cualquier otro gasto necesario en que incurra el propio liquidador judicial o sus apoderados; siempre y cuando resulte estrictamente necesario para su gestión, tal como lo disponen los artículos 242, fracción II, y 243, de la Ley de Instituciones de Crédito, no son contempladas como créditos de los referidos con anterioridad, dada su propia especial naturaleza. |
Finalmente, es menester precisar que para realizar el pago de los acreedores cuyos créditos se ubiquen en una de las fracciones comprendidas en el artículo 241 de la Ley de Instituciones de Crédito, previamente deberán quedar pagados o reservados los créditos correspondientes al artículo 242 y aquellos que los precedan de conformidad con la prelación establecida en el propio artículo 241 del mismo ordenamiento legal. |
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